Hoy es último día para corregir precandidaturas en JCE
El plazo para el registro de precandidaturas vencía el 22 de agosto, pero la JCE le otorgó una prórroga hasta el 10 de septiembre, y entre las motivaciones de esa decisión están los efectos de la sentencia número 027-2019, emitida por el TSE el 7 de agosto, mediante la cual anuló el proceso de reservas de candidaturas para senadores del PRM y concedió a ese partido un plazo hasta el 30 de agosto para que deposite ante la JCE la lista de precandidaturas del nivel senatorial.
En esa oportunidad, el TSE acogió una demanda presentada por el aspirante a senador por Monte Plata, Fidel Alberto Tavárez.
El TSE ha rechazado las impugnaciones interpuestas contra varios precandidatos del PLD y PRM, pero también acogió recursos de aspirantes en contra de resoluciones dictadas por las comisiones electorales de esos partidos, por incurrir en violaciones constitucionales, y les ordenó que procedan con las inscripciones en la JCE.
Justo ayer, el TSE ordenó al PLD que inscriba al señor Caonabo Guzmán Suriel como precandidato a director por el Distrito Municipal San José del Puerto, en Villa Altagracia una vez este haya depositado su certificación de no antecedentes penales.
Con la sentencia TSE-055-2019, del 6 de septiembre, ordenó al PRM inscribir a Luciano Pérez Acosta como precandidato a Alcalde por el municipio Paraíso, en la provincia Barahona, “en virtud de que, al tenor de lo dispuesto en los artículos 24.1 y 69.3 de la Constitución, el demandante se encuentra en pleno goce y ejercicio de sus derechos de ciudadanía por no existir en su contra una sentencia condenatoria con la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, ni medida de coerción privativa de libertad, que le inhabilite para aspirar a una precandidatura”.
Mientras, el 5 de septiembre, mediante la sentencia TSE-052-2019, los jueces del TSE ordenaron a la Comisión Nacional Electoral del PLD proceder a la inscripción en la JCE de Dirson Pascual Reynoso, como precandidato a diputado por la circunscripción 2 de Puerto Plata, tan pronto el aspirante deposite una certificación de no antecedentes penales emitida por la Procuraduría.
Acogió un recurso sometido por Reynoso, al establecer que no consta en el expediente que tuviera conocimiento de que su solicitud de inscripción debía ser completada con el depósito de ese documento. Pero a su vez ordenó al aspirante a depositar la certificación de no antecedentes penales ante la Comisión Electoral de la organización política.
También, el 5 de septiembre, en la sentencia TSE-053-2019, dispuso la inscripción de Juan Miguel Carpio Cárdenas como precandidato a regidor por Miches, El Seibo.
El 3 de septiembre, mediante la sentencia TSE- 048-2019, el tribunal electoral ordenó a la Comisión Electoral del PLD inscribir al señor Américo Alejandro Vargas Pérez como precandidato a alcalde por el municipio Cabral, provincia Barahona.
Mediante la sentencia TSE-047-2019, del 3 de septiembre, la corte electoral ordenó al PLD la inscripción de la señora Ramona Altagracia Jiménez Álvarez, como precandidata a diputada por la circunscripción número 2 de la provincia La Vega, que comprende Jarabacoa y Constanza.
En otro fallo, de la misma fecha, TSE-046-2019, mandó a registrar la precandidatura a Alcalde por Constanza, en La Vega, del señor Joaquín Emilio Gómez Espinal (Chito Gómez) por el PLD.