Directora de Comunicación de Procuraduría denuncia fue cancelada de manera irregular

Julieta Tejada

La ex directora de comunicaciones de La Procuraduría General de la Republica, Julieta Tejada, denunció este miércoles que fue cancelada de sus funciones por la actual titular, Miriam German, en violación a la ley 41-08 de Función Pública, ya que es una empleada de carrera.

Tejada, quien además es abogada, detalló que su nombre de pila es Mercedes María Tejada García aunque todos la conocen como Julieta, que por ser una empleada de carrera lo que corresponde es que sea colocada en comisión de servicio, para luego ser asignada a otra institución del Estado, pero ese procedimiento fue violentado por la actual jefa del Ministerio Público.

“Es para mí muy penoso que en una institución donde yo tengo una trayectoria de trabajo y de servicio se me haya cancelado de esa manera. La  ley establece como un funcionario, por las razones que considere oportuna y haciendo uso de su derecho que decida no trabajar con funcionario de carrera en unas funciones específicas, la ley establece los mecanismos para que ese funcionario pueda poner en ese lugar a la persona con la que se sienta cómoda sin afectar los derechos que constitucionalmente están establecidos para una servidora pública de más de 20 años como es esta servidora”, explicó Julieta Tejada en el programa el Gobierno de la Mañana, donde es parte de la conducción.

Tejada recordó que en el año 2016 fue puesta en comisión servicio en la Vicepresidencia de la República y que en el 2017 fue asignada a la dirección de comunicación de la Procuraduría donde se mantuvo hasta este martes. También fue titular de comunicación en las gestiones en el Ministerio Público de Radhames Jiménez y Francisco Domínguez Brito.

La ley de Función Pública 41-08 en su artículo 50 establece que “por necesidades del servicio, 1os funcionarios públicos de carrera podrán ser asignados para realizar funciones en comisión de servicio en otro órgano o entidad distinto a que se encuentra adscrito. Igualmente podrán ocupar cargos vacantes en otros órganos o entidades. En este último caso, el funcionario público en comisión de servicio cobrara las remuneraciones correspondientes al cargo que ejerza y conservara la titularidad de su cargo originario.