Dirección General de Pasaporte presenta Proyecto de Modificación a la Ley 549-70 que crea la entidad
La Dirección general de pasaporte (DGP) se apresta a presentar ante el Congreso Nacional, un proyecto de modificación a la Ley 549-70 que crea la institución y que contempla una serie de beneficios para los dominicanos que requieran el documentó de viaje.
De convertirse en Ley el proyecto y de acuerdo al artículo 23, el Director General queda facultado para autorizar la emisión o renovación de pasaportes provisionales a ciudadanos que no hayan podido reunir toda la documentación requerida por caso de fuerza mayor y requieran viajar al extranjero de manera urgente para recibir algún tratamiento o atención médica o satisfacer un compromiso de Estado.
En uno de sus considerandos, la pieza establece que se hace necesario que el país continúe avanzando en la eficacia del pasaporte dominicano, por lo que debe evolucionar de la libreta de lectura mecánica al pasaporte electrónico como lo ha recomendado la Organización de Aviación Civil Internacional, a los fines de dotar al ciudadano de un documento de viaje de la mayor seguridad, calidad y confiabilidad para beneficio de los dominicanos.
De conformidad con la nueva norma, la Dirección General de Pasaportes queda bajo responsabilidad de la administración, diseño, confección, seguridad, distribución y venta de las libretas para las diferentes clases de pasaportes.
La legislación establece que la DGP podrá otorgar un pasaporte provisional por un año a los ciudadanos que se encuentren en trámites administrativos como rectificación, reconstrucción, declaraciones tardías de actas del estado civil, declaración por ¨Por posesión de estado y denegación de filiación paterna¨.
Entre otras disposiciones añade, que también podrá ser otorgado por otros procesos administrativos ante la Junta Central Electoral (JCE), o procedimientos contenciosos ante el Tribunal Superior Electoral o de ¨tribunales de tribunales jurisdiccionales de familia o civiles, siempre y cuando hayan iniciado el proceso correspondiente ante la autoridad competente, demuestren ser residentes en el extranjero o que tienen necesidad o urgencia de Viajar¨.