DGCP prohíbe estudios previos para oferentes
La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) prohibió que las instituciones del Estado que requieran a los oferentes la realización de estudios previos, ya que deja a a cargo del interesado determinar lo que él mismo debe comprometerse a entregar y eleva el costo de la participación.
La DGCP indica que esta exigencia constituye una barrera de entrada al mercado publico, lo que contraviene los principios de participación, economía y flexibilidad establecidos en la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones del Estado.
La prohibición esta contenida en la resolución PNP-06-2020 que establece las pautas para la elaboración de pliegos de condiciones, fichas técnicas y términos de referencia en los procedimientos de contratación pública. Según la entidad, esto busca aumentar la eficiencia y objetividad en los procedimientos convocados por las entidades sujetas a la Ley 340-06.
La resolución ordena que las instituciones realicen estudios previos en la fase de planificación que incluyan toda la información necesaria para el correcto diseño del procedimiento de contratación, especialmente en el caso de obras.
Asimismo insta a las instituciones a realizar consultas al mercado y llamados a manifestación de interés durante la fase de planificación para determinar la forma más eficiente de satisfacer la necesidad de la entidad contratante, las características del bien, servicio u obra a ser adquirido y obtener información acerca de las diferentes opciones o innovaciones en el mercado.
También plantea que las bases de la contratación y el borrador de contrato establezcan de forma clara las condiciones y el tiempo de pago, así como los tipos de garantías requeridas a los oferentes.
Cumple o no. En cuanto al criterio de evaluación la resolución 06-2020 de la DGCP establece que las instituciones no deberán evaluar los requisitos mínimos exigidos por las credenciales e idoneidad del oferente en base a la otorgación del puntaje, sino únicamente podrán ser calificados utilizando el criterio de “cumple o no