Senado aprueba en única lectura el proyecto de ley que regula los juegos de azar
El Senado de la República aprobó la noche de este miércoles, en única lectura, el proyecto de ley que regula los juegos de azar, con las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados.
La iniciativa es de los legisladores de la autoría de los Senadores Félix Bautista y Pedro Catrain.
El proyecto no estaba contemplada en el orden del día; sin embargo, fue incluida luego de que la Comisión de Hacienda rindiera un informe favorable sobre la pieza.
Fue aprobado pese al rechazo de varios senadores, quienes consideraron que debía ser estudiado con mayor detenimiento y retornar a comisión.
La propuesta había sido aprobada durante la pasada legislatura; sin embargo, perimió antes de completar su trámite legislativo.
En esa ocasión, la normativa fue sancionada por el Senado y posteriormente remitida a la Cámara de Diputados, donde se introdujeron modificaciones que fueron conocidas por la Cámara Alta este miércoles.
Con esta aprobación, la pieza concluyó su trámite en el Congreso Nacional y será remitida al Poder Ejecutivo para su conocimiento y eventual promulgación.
Modificaciones
Entre las modificaciones realizadas por la Cámara de Diputados figuran cambios a los artículos 7, 9, 15, 44, 35, acápite 3, y 37, acápites 1, 2, 3 y 4.
La iniciativa consta de al menos 195 artículos y, entre sus principales novedades, contempla la creación de la Dirección General de Juegos de Azar (DGJA), establecida en el artículo 8 como órgano rector encargado de regular, supervisar y fiscalizar el sector.
El artículo establece que la entidad funcionará como un organismo autónomo y descentralizado del Estado, con personalidad jurídica y autonomía administrativa, financiera y técnica.
Distancia de establecimientos
En materia de ubicación de establecimientos, el artículo 26 dispone que los negocios de juegos de azar no podrán instalarse a menos de 500 metros de escuelas, universidades, iglesias, hospitales, cuarteles, estancias infantiles, sedes de los poderes del Estado y otros lugares protegidos.
También establece una distancia mínima de 500 metros entre bancas deportivas y agencias hípicas, así como de 200 metros entre bancas de lotería. Los casinos quedan exentos de estas restricciones.
La normativa también regula el traslado de estos establecimientos, salvo en casos de fuerza mayor.
Licencias para casinos
El artículo 47 establece que los casinos solo podrán operar mediante una licencia otorgada por la DGJA, con una vigencia de diez años, y únicamente podrán funcionar en hoteles de cuatro estrellas o más.
Las salas de máquinas tragamonedas requerirán una licencia adicional, con el mismo período de vigencia.
El proyecto clasifica las infracciones administrativas en leves, graves y muy graves, y contempla sanciones que incluyen multas, suspensión temporal de operaciones y otras medidas por incumplimientos relacionados con licencias, publicidad, distancias, controles, reportes, juegos ilegales y normas de prevención del lavado de activos.
Otro de los aspectos relevantes de la propuesta establece que, una vez publicado el registro de licenciatarios, no se otorgarán nuevas licencias para establecimientos de juegos de azar durante un período de diez años, con excepción de los casinos ubicados en hoteles y zonas turísticas.
Además, la normativa faculta a la Dirección General de Juegos de Azar a actuar como intermediaria entre los titulares de bancas de lotería y los concesionarios.
El senador Ramón Rogelio Genao valoró la aprobación de la pieza y aseguró que incorpora avances significativos.
«Es una ley país que pondrá reglas a un sector que funciona como chivo sin ley. Ahora la ley establece procedimientos para la regularización», dijo.
Mientras que el senador Alexis Victoria Yeb mantuvo su postura sobre que el proyecto debió ser más analizado antes de ser aprobado.
